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Entre el miedo y la evidencia: lo que realmente debemos discutir sobre los plaguicidas

13 oct
4 min de lectura

Actualizado: hace 7 días

Por Rosio Marcelo, ingeniera agrónoma del Comité de la Industria Agrosostenible (CIAGRO)

de la Sociedad Nacional de Industrias


La presencia de residuos de plaguicidas en frutas y verduras genera una preocupación legítima entre los consumidores. En los últimos años, distintos reportes y contenidos difundidos en medios de comunicación y redes sociales han asociado estos hallazgos con posibles efectos sobre la salud, lo que ha alentado una conversación necesaria sobre la inocuidad de los alimentos que llegan a nuestras mesas.
Sin embargo, para abordar esta preocupación de manera responsable, es importante distinguir conceptos. Detectar un residuo no implica, por sí solo, un riesgo para la salud; pero tampoco deben minimizarse los incumplimientos ni las brechas de control. Cuando se superan los límites establecidos, corresponde evaluar el riesgo con base en evidencia científica para determinar las causas y corregirlas.
El 21 de julio de 2026, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, mediante el Expediente N.° 03269-2023-PA/TC, declaró fundada una demanda de amparo y ordenó a Senasa suspender temporalmente la venta, distribución y uso de productos fitosanitarios que contengan clorpirifos, metomil, glifosato, imidacloprid y clotianidina, destinados a la producción de alimentos vegetales para consumo interno, mientras se realiza una reevaluación técnico-científica.
La sentencia también menciona monitoreos que detectaron residuos por encima de los límites permitidos de otras sustancias, como metamidofos, paratión, triclorfón y carbofurano. Es importante no confundir ambas listas, pues corresponden a situaciones regulatorias diferentes. Mezclarlas puede generar la percepción equivocada de que todas las sustancias tienen el mismo perfil de riesgo o que su sola presencia convierte a un alimento en “veneno”.
Tampoco las cinco sustancias suspendidas han sido cuestionadas por las mismas razones. El clorpirifos, por ejemplo, ha sido objeto de importantes cuestionamientos por sus posibles efectos sobre la salud humana. Como consecuencia de estas preocupaciones, su uso se encuentra prohibido en el Perú.  El imidacloprid y la clotianidina, en cambio, han sido restringidos en la Unión Europea principalmente por sus efectos sobre las abejas y otros polinizadores. Los perfiles toxicológicos y las razones regulatorias no son idénticos.
El glifosato ilustra la importancia de distinguir entre peligro y riesgo. En 2015, la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) lo clasificó como “probablemente carcinogénico”. Esta clasificación identifica un peligro potencial, pero no determina por sí sola el riesgo derivado de una exposición específica. Por su parte, el comité conjunto de la FAO y la OMS consideró poco probable que el glifosato representara un riesgo carcinogénico por exposición dietaria en las condiciones evaluadas. La Unión Europea también renovó su aprobación hasta 2033, bajo determinadas condiciones y restricciones.
Estas evaluaciones responden a preguntas diferentes: una analiza el peligro intrínseco de una sustancia y la otra, el riesgo asociado a una exposición determinada.
Otro concepto fundamental es el Límite Máximo de Residuos (LMR). Superarlo constituye un incumplimiento que debe investigarse, pero no demuestra automáticamente que el alimento represente un riesgo para la salud. Para determinarlo, es necesario considerar la sustancia detectada, su concentración y la exposición de los consumidores, incluido el consumo habitual del alimento. Entre las posibles causas del incumplimiento está no respetar el período de carencia, es decir, el tiempo que debe transcurrir entre la última aplicación del plaguicida y la cosecha.
Por ello, además de discutir qué sustancias deben mantenerse o retirarse del mercado, debemos preguntarnos si estamos haciendo lo suficiente para que los agricultores conozcan y cumplan las dosis, las condiciones de aplicación y los períodos de carencia autorizados. Retirar una sustancia puede ser necesario cuando la evaluación de riesgo así lo determine, pero, si no se corrigen las malas prácticas, los incumplimientos pueden trasladarse a otros productos.
La agricultura de exportación ofrece una referencia útil. Los mercados internacionales establecen exigencias específicas sobre residuos y requieren cumplir condiciones de uso, períodos de carencia y límites establecidos. Esto no significa que los alimentos de exportación estén libres de residuos, sino que existen exigencias y controles para garantizar su inocuidad. Esa misma cultura de cumplimiento debe fortalecerse en el mercado interno: los alimentos destinados a los consumidores peruanos merecen los mismos estándares de seguridad que los destinados al extranjero.
La sentencia del Tribunal Constitucional pone sobre la mesa una preocupación que debemos atender: las brechas de vigilancia, fiscalización y control. La respuesta requiere no solo revisar las sustancias cuestionadas, sino también fortalecer el monitoreo de residuos, mejorar la trazabilidad, capacitar a los agricultores, promover buenas prácticas agrícolas y facilitar alternativas cuando un producto sea retirado. Las decisiones regulatorias deben sustentarse en evaluaciones técnico-científicas de riesgo.
También necesitamos comunicar mejor. Calificar a las frutas y verduras como “envenenadas” genera alarma innecesaria, pero ignorar los posibles riesgos tampoco es una solución. Lo importante es analizar cada caso considerando la sustancia detectada y la exposición real de los consumidores.
Entre el alarmismo y la negación existe un espacio mucho más útil: el de la evidencia. La inocuidad alimentaria se construye con ciencia, regulación, fiscalización, capacitación y responsabilidad a lo largo de toda la cadena. El consumidor tiene derecho a alimentos seguros; el agricultor, a contar con herramientas y alternativas para producirlos; y el Estado, la responsabilidad de garantizar que ambos derechos puedan coexistir. Ese debería ser el verdadero debate.
 
 
 
 

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